Un decreto firmado por la presidenta, Claudia Sheinbaum Pardo amplió las facultades de la Guardia Nacional y permitirá a sus integrantes imponer multas de tránsito a los ciudadanos en las carreteras del país.
El decreto, por el que se modifica el reglamento de tránsito en carreteras y puentes con jurisdicción federal, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y establece que corresponde a la Guardia Nacional “sancionar a las personas usuarios de las vías federales que infrinjan las disposiciones de este reglamento”.
Tras los cambios, la Guardia Nacional podrás realizar controles de tránsito, lo que incluya amonestaciones verbales y escritas a los ciudadanos que incumplan las normas de tránsito en vías federales.
Cuándo la falta sea más grave y amerite una infracción económica, los agentes podrán llenar una boleta de infracción o multa. El decreto señala que desobedecer la señales de tránsito o la indicaciones directas de los oficiales será motivo de sanción.
Al respecto, el artículo 58 establece que: “todo usuario de las vías federales está obligado a obedecer las disposiciones contenidas en el presente reglamento, así como a los dispositivos para el control de tránsito y a las que deriven de las posiciones corporales, además señales visibles y audibles de las personas integrantes de la Guardia Nacional”.
En caso de no hacerlo, la multa será de 40 o 50 veces la cuota diaria, de acuerdo con el artículo 60.
También deberán pagar una multa, quienes transiten en vehículos que no cumplan con las condiciones óptimas para garantizar un viaje seguro, conforme al artículo 80.
Los miembros de la
Guardia Nacional y de la Secretaría de Infraestructura Comunicación y Transporte estará en facultados para verificar “ las condiciones físicos-mecánicas del sistema de frenado de los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado”. De presentarse hechos de tránsito ocasionados por fallas en el sistema de frenado se sancionará el conductor.
El decreto también contempla, multas a los automovilistas que tengan que detenerse debido a una falla mecánica y no aplique los protocolos de seguridad para advertir a otros conductores. El artículo 82 detalla la obligación de detenerse en el agotamiento, usar luces de estacionamiento y colocar triángulos fluorescentes; de lo contrario enfrentará una multa de 10 a 20 veces la cuota diaria.
De igual forma, la Guardia Nacional apoyará al personal de la SICT para realizar pruebas de detención de ingestión de alcohol o sustancias psicotrópicas a los conductores cuando lo solicite el personal médico a cargo de la verificación.
Fuente Proceso
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