La suspensión de los derechos partidistas de las diputadas locales se refiere, de acuerdo con la CNHJ-PUE-523, a la posibilidad de participar temporalmente en el ámbito interno del partido, los derechos de participación, de liberación, votación, postulación, representación, encargo o responsabilidad partidaria que pudiera ejercer las acusadas en asambleas, consejos, comités, comisiones, reuniones, procesos internos, actividades orgánicas o cualquier espacio formal de decisión de Morena.
Con esto, ambas quedarían sin posibilidad de buscar la reelección como legisladoras.
La CNHJ indico que esta medida se tomó debido a las referencias burlonas a olor, piel, deterioro, enfermedad o muerte, cuando se presentan como rasgos atribuibles a la vejez, » pueden constituir indicios de headismo y trato degradante, especialmente si son emitidas o validadas por personas con representación pública».
Fuente Proceso
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