
El pasado viernes, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, firmó un decreto presidencial en donde prohíbe este tipo de cigarrillo eléctrico en nuestro país. En el decreto se dio a conocer que se adiciona un párrafo quinto al artículo 4 y un párrafo segundo al artículo 5 de la Constitución de nuestro país en materia de salud, el cual prohíbe formalmente en todo México los cigarrillos electrónicos y vapeadores.
Aunque de manera oficial y en la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación, no establece el costo de multa por usar o vender estos aparatos electrónicos, si esta establece que habrá sanciones conforme a la ley y de las actividades que esta emane.
Entre las sustancias peligrosas encontradas se encuentran:
• Dimetil Éter: Usado como disolvente en productos de belleza.
• Tolueno: Común en pinturas, diluyentes y esmaltes de uñas.
• Butirato de etilo: Encontrado en fragancias y limpiadores.
• Acroleína: Utilizada en la fabricación de productos químicos.
• Xileno: Agente de limpieza y diluyente de pinturas y barnices.
Riesgo para la salud:
• Problemas respiratorios: Inhalar estas sustancias puede irritar las vías respiratorias y generar afecciones crónicas como bronquitis o asma.
• Enfermedades cardiovasculares: Las toxinas presentes afectan el sistema circulatorio y pueden aumentar el riesgo de enfermedades cardíacas.
• Riesgo de cáncer: Algunos de los compuestos encontrados son carcinógenos conocidos, lo que eleva el riesgo de desarrollar cáncer con el uso prolongado de vapeadores.
• Efectos mutagénicos: Algunas sustancias pueden alterar el material genético, lo que podría causar mutaciones o enfermedades genéticas en el futuro.
• Disfunciones reproductivas: Los productos químicos presentes podrían afectar la fertilidad tanto en hombres como en mujeres.
El decreto entró en vigor un día después de su publicación, es decir, este sábado 18 de enero de 2025, ya son ilegales el uso de vapeadores y cigarros electrónicos.
En Salamanca, la falta de información sigue, pues en locales en su mayoría de la zona centro y del propio jardín principal, estos se siguen vendiendo a la vista de todos.
El decreto establece un plazo de 180 días para que el Congreso de la Unión armonice el marco jurídico correspondiente, mientras que las entidades federativas tendrán 365 días para realizar las adecuaciones normativas necesarias en sus jurisdicciones.
Falta que las propias autoridades estatales, como municipales, regulen este producto, para poder establecer multas para quienes lo vendan, así como para quienes los usen.