
Ayer, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió la impugnación identificada con la clave SM-JRC-20/2024 promovida por el PAN, en contra de la resolución que imponía “nuevas acciones afirmativas” por parte del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato y que fueron adoptadas por el IEEG en los acuerdos CGIEEG-24/2024 y CGIEEG-043/2023.
Para modificar la sentencia emitida el pasado 1 de marzo de 2024 por el tribunal local electoral, dentro del expediente TEEG-JPDC-22/2023 y sus acumulados TEEG-JPDC- 24/2023 y TEEG-REV-18/2023, la Sala Regional Monterrey reconoció que no se proporcionó una justificación adecuada para el incremento de cuotas electorales y omitió considerar las particularidades del caso para determinar las medidas más razonables y garantizar su efectividad, a fin de que se garantizaran los derechos de los diferentes grupos de atención prioritaria.
“Es a lo que yo hacía referencia cuando dije que el TEEG había hecho un cochinero al emitir estas acciones afirmativas. Ahora bien, quiero dejar claro que Acción Nacional no está en contra de las acciones afirmativas, tan es así que nuestras planillas al día de hoy ya están conformadas con personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad conforme a la modificación ordenada por la Sala Regional Monterrey”, dijo el dirigente estatal del PAN, Eduardo López Mares.
López Mares afirmó que el PAN, en lo que estuvo siempre en desacuerdo, fue del desaseo jurídico, de la falta de técnica para emitir sentencias y de la vulneración que las propias autoridades electoral locales estaban provocando en este proceso electoral.
Afirmó que las autoridades electorales locales siempre tuvieron como propósito violentar principios fundamentales de la función electoral, tales como el de certeza, legalidad y objetividad.
“Siempre se los dijimos y la Sala Regional Monterrey nos da la razón. Aprovecho la ocasión para poner en la mesa un tema de relevancia, la Sala Regional Monterrey resolvió la impugnación en menos de 12 días desde que interpusimos el medio de impugnación, en tanto que el TEEG en el juicio de la ciudadanía 22 y sus acumulados tardó más de 70 días, esta situación hay que resaltarlo y exhortar al TEEG para que resuelva dentro de los plazos legales con eficiencia y eficacia, pero sobre con profesionalismo y objetividad”, finalizó el líder del PAN en el estado.